¿CÓMO APLICAR LA LICENCIA DE MATERNIDAD DE LA LEY 1822?
Una usuaria me ha cogido fuera de base y ha sabido hacerme una pregunta clave: ¿Y si ya me encuentro en lactancia, la ley aplica para mi? Hace unos días publicamos una nota sobre la ley de maternidad nueva, ver: http://losabogadosasesores.com/asi-funcionara-la-licencia-por-maternidad/.
Sin embargo, cada que el congreso expide una ley, quedan interrogantes por resolver. Este es uno de esos casos.
LICENCIA DE MATERNIDAD – MADRE QUE SE ENCUENTRA EN LACTANCIA
Para responder esta pregunta es necesario hacer algunas precisiones de orden jurídico, de las que quizás algunos difieran, en este caso se hará una interpretación sistemática de la norma.
En ese orden de ideas, tenemos que el artículo 3 de la ley 1822 de 2017 dispone que:
«Artículo 3°. Vigencias y derogatorias. La presente ley rige a partir de su sanción y publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias».
Por su parte, el código sustantivo del trabajo ha establecido:
CONCLUSION
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